Cuestionamientos por jefaturas del Servicio de Salud Valparaíso–San Antonio reabren debate sobre cargos directivos y rol gremial

Una serie de cuestionamientos se instaló en torno a la conformación y permanencia de jefaturas directivas en el Servicio de Salud Valparaíso–San Antonio (SSVSA), particularmente por la eventual vinculación entre cargos estratégicos, afiliación política y el ejercicio de funciones gremiales que otorgan fuero sindical.

La controversia se ha desarrollado durante las últimas semanas en la Región de Valparaíso, en el contexto de la discusión pública sobre la denominada “ley de amarre”, acuerdo suscrito entre el Gobierno y la mesa del sector público en el marco del reajuste salarial, lo que puso bajo observación la naturaleza de ciertos cargos del SSVSA y los mecanismos utilizados para su provisión.

En este escenario, según consignó El Mercurio de Valparaíso, las críticas apuntan a que algunas jefaturas de departamento podrían corresponder a cargos que debieran ser concursados mediante Alta Dirección Pública o procesos formales, y no a puestos de confianza política. A ello se suma que algunos funcionarios que ocupan estas responsabilidades también son dirigentes gremiales, condición que les otorga fuero sindical y que, según los cuestionamientos, podría dificultar eventuales modificaciones por parte de futuras administraciones.

Entre los casos mencionados figuran el de Graciela Astudillo Bianchi, ex subdirectora de Atención Primaria de Salud, quien participó en la conformación del gremio Fenats Dirección; Nelson Gaete Quijón, subdirector de Recursos Físicos y Financieros del SSVSA y dirigente de Fenpruss; Karem Kruger Núñez, jefa de Logística; y Óscar Barrales, subdirector de Gestión y Desarrollo de las Personas, todos con participación activa en organizaciones gremiales internas.

Desde el ámbito técnico y profesional, las observaciones también han puesto el foco en la estructura interna del Servicio, marcada —según especialistas— por la permanencia prolongada de cargos subrogantes y suplentes. Esta situación, sostienen, tensiona la gobernanza institucional, limita la toma de decisiones estratégicas y afecta la ejecución de proyectos relevantes para la red asistencial de la región.

En esa línea, el presidente regional del Colegio Médico, Ignacio de la Torre, cuestionó en mismo medio antes mencionado el uso de las estructuras de los servicios de salud, señalando que históricamente se han transformado en espacios de instalación de cercanías políticas, lo que —a su juicio— ha derivado en gestiones deficientes. Asimismo, advirtió que la extensión en el tiempo de direcciones subrogantes impacta directamente en la eficiencia, la calidad y la oportunidad de la atención que recibe la población.

Por su parte, el secretario general de Confedeprus, Moisés Sagredo, planteó que las estructuras formales del Servicio no se han respetado plenamente, señalando que los cargos de jefatura de departamento —que debieran ser el eje de la gestión— no han sido concursados en décadas y se mantienen bajo un régimen de suplencias prolongadas, pese a que la normativa establece plazos máximos para este tipo de designaciones.

Frente a estas críticas, desde el ámbito sindical se levantaron defensas. Graciela Astudillo afirmó que renunció previamente a los cargos directivos y que la constitución del gremio Fenats Dirección, formalizada en noviembre de 2024, no responde al actual debate político ni a la discusión sobre la llamada “ley de amarre”. En tanto, Óscar Barrales sostuvo que los cuestionamientos forman parte de ataques reiterados contra dirigentes de Fenpruss, los que —según indicó— buscan deslegitimar la labor gremial, pese a que su accionar se enmarca en la legalidad vigente.

Barrales añadió que su elección como dirigente se realizó mediante votación democrática del gremio y descartó que su rol responda a intereses personales, enfatizando que su participación apunta a fortalecer la interlocución institucional. A su vez, desde Fenats Histórica, el dirigente Eduardo Ojeda defendió la existencia del fuero sindical como una garantía legal para el ejercicio de la representación de los trabajadores, subrayando que la permanencia de dirigentes depende exclusivamente de procesos electorales internos.