El H Congreso Nacional ha dado su aprobación para la ley 21.512 que regula la disposición final de elementos de protección personal de carácter sanitario y prohíbe y sanciona su eliminación en lugares públicos.
Esta ley inició en moción de los diputados Jorge Rathgeb Schifferli, Bernardo Berger Fett, Andrés Celis Montt y Jorge Durán Espinoza; de la diputada Ximena Ossandón Irarrázabal, y de los exdiputados Juan Luis Castro González, Ricardo Celis Araya, Javier Macaya Danús, Leopoldo Pérez Lahsen y Daniel Verdessi Belemmi.
La ley prohíbe arrojar en cualquier lugar no habilitado para ello, mascarillas, escudos faciales, batas o delantales impermeables, antiparras o guantes así como también la disposición final de los mismos elementos de personas que padecieren alguna enfermedad infectocontagiosa cuya amenaza a la salud pública diere lugar a la declaración de alerta sanitaria, o que hubieren tenido contacto con éstas, ya sea por razones de atención médica u otra, se realizará en la forma que establezca la autoridad sanitaria conforme a un reglamento dictado al efecto por el Ministerio de Salud.
En este contexto, se efectuará la sanción correspondiente a aquel que incumpla la ley, que ya se encuentra publicada en el Diario Oficial.
Disponible en: bcn.cl/3afv9
Historia de la Ley: s.bcn.cl/3afvs




